Publicada la Orden 1538/2023, que recoge las ayudas a familias con personas en Cuidados Paliativos o con Patología crónica 2023

Estimadas/os colegiadas/os,

A través de la presente comunicación deseamos informaros que la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, ha publicado la Orden 1538/2023, de 22 de mayo (que modifica la Orden 1816/2022, de 31 de agosto), de la concesión de las ayudas económicas de pago único a familias con menores a su cargo, pacientes de cuidados paliativos pediátricos en la Comunidad de Madrid.

Podrán solicitar estas ayudas las personas con:

1. Un menor de 18 años a su cargo (hijo biológico o adoptado o en acogimiento permanente) que haya sido declarado en situación clínica de Cuidados Paliativos Pediátricos, con patología crónica y complejidad o que padecen cáncer u otras enfermedades graves, con necesidad de un nivel de intervención alto y permanezca en esta situación en la fecha de presentación de la solicitud.

2. Una persona a su cargo (hijo biológico o adoptado o en acogimiento permanente) entre los 18 y los 25 años de edad, ambos inclusive que haya sido declarada en situación clínica de Cuidados Paliativos Pediátricos, con patología crónica y complejidad o que padecen cáncer u otras enfermedades graves, con necesidad de un nivel de intervención alto, diagnosticadas con anterioridad a alcanzar la mayoría de edad y permanezca en esta situación en la fecha de presentación de la solicitud.

Para pacientes que no estén en Unidad de Cuidados Paliativos, es importante la clasificación de “nivel de intervención alto” de Atención en primaria en el “proceso asistencial integrado del niño con patología crónica y complejidad”. Esta clasificación la gestiona el pediatra de Atención Primaria.

Plazo de presentación: tres meses a partir del 26 de mayo.

*Aquellas personas que hubieran resultado beneficiarias en la convocatoria de 2022 (Orden 1816/2022 de 31 de agosto) no podrán resultar beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria.

A continuación, puede revisar la Orden publicada en el BOCM:

La Junta de Gobierno.

FUENTE: ADOM Madrid