Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas | Comunidad de Madrid

Estimad@ colegiad@,

Le comunicamos que se ha publicado en portal web de la Comunidad de Madrid en relación a la Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas | Comunidad de Madrid, de “Apoyo a la solvencia de empresas y autónomos madrileños afectados en su actividad por la COVID-19”, la apertura de una nueva convocatoria para solicitar esta ayuda desde el 29 de octubre al 15 de noviembre de 2021.

Podrán beneficiarse de esta ayuda empresarios o profesionales que tengan su domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid (*) y que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  • Que su volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo indirecto equivalente en 2020, haya caído más de un 30% con respecto a 2019.  Se entenderán, entre otras, como entidades incluidas las comunidades de bienes y sociedades civiles.
  • Que apliquen al régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
  • Que sean grupos consolidados que tributen en el Impuesto sobre Sociedades en el régimen de tributación consolidada.

En ningún caso se consideran destinatarios aquellos empresarios o profesionales, entidades y grupos consolidados que en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2019 hayan declarado un resultado neto negativo por las actividades económicas en las que hubiera aplicado el método de estimación directa para su determinación o, en su caso, haya resultado negativa en dicho ejercicio la base imponible del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto de la Renta de no Residentes, antes de la aplicación de la reserva de capitalización y compensación de normas imponibles negativas. También estarán excluidas las empresas financieras.

(*) Quedan incluidos todos los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas –CNAE 09– a excepción de los siguientes:

  • Sección K: “Actividades financieras y de seguros”.
  • Subsector 9700 de la Sección T (Actividades de los hogares como empleadores y productores de bienes y servicios para uso propio): «Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico».
  • Sección U: “Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales”.»

La presentación de solicitudes y, en su caso, la aportación de documentación que debe acompañarlas, se realizará exclusivamente por medios electrónicos.

Pueden ampliar la información sobre esta convocatoria en el siguiente enlace: Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas | Comunidad de Madrid.

Esperamos que esta información haya sido de su interés

Saludos