El Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de la Comunidad de Madrid (COPTOCAM) es una corporación de derecho público amparada por la ley y reconocida por la Comunidad Autónoma de Madrid y el Estado, representativa de los intereses profesionales, con personalidad jurídica propia y con plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus funciones.
Se rige por:
- Estatuto y reglamentos
- Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales
- Ley 19/1997 de 11 de julio de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid
- Decreto 140/1997 de 30 de octubre por el que se regula el contenido, organización y funcionamiento del Registro de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid
- Ley 1/2017 de 9 de marzo por la que se crea el colegio profesional de terapeutas ocupacionales de la comunidad de Madrid.
COPTOCAM se constituye con los fines esenciales de :
- Ordenar el ejercicio de la profesión en el ámbito de sus competencias.
- La representación exclusiva y la defensa de los intereses profesionales de los colegiados.
- La protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados.
Los principios esenciales de su estructura interna y de su funcionamiento son la igualdad de sus miembros, la elección democrática de sus órganos de gobierno, la adopción de acuerdos por mayoría, la transparencia en su gestión y su libertad de actuación dentro del respeto a las leyes y a sus Estatutos.